Ventajas de vender inmuebles para mayores de 65

Al contrario de lo que muchas personas puedan pensar, los mayores de 65 años suelen comprar y vender inmuebles, ya que con la jubilación, llegan años donde el descanso y disfrutar de la vida es lo más importante. Por eso, cuando llega el momento muchos deciden abandonar sus viviendas e irse a lugares más próximos a la familia o amigos o abandonar la ciudad para mudarse a zonas rurales.

Quizás si se encuentra en esta situación no sepa muy bien si existen realmente o no ventajas de vender inmuebles para mayores de 65, por eso hoy vamos a hacer un repaso a los impuestos más importantes que conllevan este tipo de compras y pueda decidir por usted mismo.

Desde Zaragoza Inmobiliaria, siempre aconsejamos que acuda a profesionales del sector inmobiliario, como nuestros agentes, Celeste y Jesús, con una amplia experiencia en el sector para que tenga la garantía y la tranquilidad de saber que todo exactamente como lo había planeado.

IROF: Se declara, pero no se paga

“Las personas mayores de 65 años que vendan una vivienda, no tendrán que tributar por la ganancia patrimonial obtenida en su venta siempre y cuando el inmueble objeto de la transacción se corresponda con la vivienda habitual”

¿Esto qué significa? Si la venta de la vivienda es la de tu domicilio habitual y eres mayor de 65, no tendrás que hacer el pago de este impuesto. Sin embargo, si tu residencia habitual es Zaragoza y compras un piso en Sevilla, para evitarte el impuesto deberás demostrar que la cuantía de esa vivienda va a ser destinada a la contratación de una renta vitalicia. Para conseguirlo debes cumplir los siguientes requisito:

  • Debes presentarlo en un plazo máximo de seis meses desde la fecha de la venta.
  • La renta deberá tener una frecuencia inferior o igual a un año y se deberá empezar a percibir en el plazo de un año desde su contratación.
  • El monto máximo cuya reinversión en la constitución de una renta vitalicia estará exento es de 240.000 euros.

Impuesto sobre donaciones

Dado que los 65 es la edad de jubilación más general, es cuando los negocios familiares se traspasan de una generación a otra . En este caso existen ventajas fiscales siempre y cuando se cumpla con dos requisitos. El primero, que se trate de un negocio del régimen de empresa familiar, es decir, que la persona que traspase haya cumplido los 65. El segundo, quien recibe el negocio debe ser familiar directo. En este caso, los donatarios (mayores de 65) podrán aplicar una reducción del hasta 99% en el Impuesto sobre Donaciones y el donante no tributará en su IRPF por el aumento de valor que hayan experimentado las participaciones donadas según datos de Ibercaja.

Plusvalía municipal

Este va a ser uno de esos impuestos que aunque sea mayor de 65 va a tener que seguir pagando, ya que cuando se vende un piso es obligatorio pagarlo y la ley no recoge ninguna cláusula sobre la edad. Este impuesto está directamente relacionado con el incremento del valor del suelo, no con el precio al que decida vender su inmueble, por ello, para calcularlo debemos tomar el valor catastral del inmueble. Cada ayuntamiento establece una tasa de revalorización diferente de acuerdo al periodo de tiempo que haya sido dueño del inmueble, siempre con un plazo máximo de 20 años, posteriormente el impuesto ya no puede aumentar.

Como conclusión, las ventajas de la venta de inmuebles para mayores de 65 son la excisión del pago del IRPF y el Impuesto sobre donaciones, grandes ventajas fiscales a las que poder sacarle partido.Si quieres saber qué otros impuestos acarrean la venta de un piso puedes consultarlo aquí.

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